Micelio

Artículo 1.8.2.2.3

Contingencia

Resolucion 227 de 2025 · Por la cual se expide la resolución Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria en lo de competencia de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando, por razones insalvables al obligado, no sea posible cumplir con la obligación de presentar en forma virtual la información a que se refiere la presente resolución o aquellas que la modifiquen o adicionen, el informante deberá dar a conocer en forma inmediata la situación que se presenta a través de la Subdirección de Recaudación, de modo que, si corresponde a casos de fuerza mayor ajenos al informante, la DIAN tomará las medidas pertinentes a efectos de facilitar el cumplimiento de la obligación respectiva.

Parágrafo

Las entidades autorizadas para recaudar, obligadas a presentar en forma virtual la información de que trata la presente Resolución, deben prever con suficiente antelación el adecuado funcionamiento de los medios requeridos para asegurar el cumplimiento de dicha obligación. En ningún caso los eventuales daños en su sistema y/o equipos informáticos, la pérdida de la clave secreta por quienes deben cumplir el deber de declarar en forma virtual o la solicitud de cambio o asignación con una antelación inferior a tres días hábiles anteriores al vencimiento, constituirán causales de justificación del incumplimiento o la extemporaneidad en la presentación de la información aquí solicitada.

(Artículo 4o, Resolución 3083 de 2007)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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