Por regla general, el Fondo Rotatorio de Aduanas ordenará el remate de las mercancías reguladas en este Capítulo a través del Martillo del Banco Popular u otro Martillo autorizado. La base de la licitación o subasta será el sesenta por ciento (60%) del precio del mercado, determinado en la forma indicada por el artículo 7° del presente Decreto. Cuando quede desierta la licitación, se procederá a determinar un nuevo precio de la mercancía por parte del funcionario competente de la Administración de Aduana para un nuevo remate, o se señalará un destino diferente para la mercancía.
Decreto 392 de 1990 →Vigente
Artículo 14
Por Regla General, El Fondo Rotatorio De Aduanas Ordenará El Remate De Las Mercancías Reguladas En Este Capítulo A Través Del Martillo Del Banco Popular U Otro Martillo Autorizado
Decreto 392 de 1990 · por el cual se modifica parcialmente el Régimen de Aduanas y se dictan normas sobre enajenación y destino de mercancías aprehendidas, decomisadas y abandonadas a favor de la Nación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.