Micelio

Artículo 6

En Caso De Que Cualquier Propietario Considere Que Con La Valorización Automática Su Finca Resulte A Un Precio Superior Al Que Pueda Tener Comercialmente, Podrá Reclamar Por La Vía Ordinaria Contra Tal Valorización, Y Si El Recurso No Fuere Resuelto Antes Del 1º De Enero De 1955, Dejará De Regir El Aumento Automático De Esa Fecha En Adelante

Decreto 2615 de 1953 · Por el cual se adiciona el Decreto extraordinario número 2317 de fecha 8 de septiembre de 1953

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º En caso de que cualquier propietario considere que con la valorización automática su finca resulte a un precio superior al que pueda tener comercialmente, podrá reclamar por la vía ordinaria contra tal valorización, y si el recurso no fuere resuelto antes del 1º de enero de 1955, dejará de regir el aumento automático de esa fecha en adelante.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2615 de 1953