º De las apelaciones y recursos de hecho que se interpongan en los procesos de competencia de los Jueces Superiores o de Circuito conocerán los Tribunales Superiores de Distrito Judicial. Todo auto que declara cerrada una investigación criminal es inapelable.
Decreto 1231 de 1951 →Vigente
Artículo 3
De Las Apelaciones Y Recursos De Hecho Que Se Interpongan En Los Procesos De Competencia De Los Jueces Superiores O De Circuito Conocerán Los Tribunales Superiores De Distrito Judicial
Decreto 1231 de 1951 · Por el cual se dictan algunas normas encaminadas a hacer más rápida y eficaz la administración de justicia en lo penal y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.