Micelio

Artículo 12

Decreto 1284 de 1925 · Por el cual se reglamenta la Ley 25 de 1921

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Además de las funciones correspondientes a las Juntas en conformidad con lo prescrito por la Ley 25, y de las que imponga la naturaleza misma de su encargo, tendrán las siguientes

a)

Formas los catastros especiales y determinar la cuantía y distribución del impuesto entre los propietarios, acomodándose a lo prescrito en este Decreto.

b)

Recaudar, manejar e invertir el impuesto de valorización.

c)

Hacer ejecutar metódicamente las respectivas obras de interés público local.

d)

Nombrar su propio Tesorero y fijarle la remuneración a que haya lugar, sujeta a la aprobación del Poder Ejecutivo.

e)

Expedir su reglamento interno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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