Micelio

Artículo 6

Decreto 892 de 1985 · Por el cual se aprueba el Manual de Definiciones, Contenidos y Tarifas, para la contratación de servicios de salud en el Instituto de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo sexto. El Instituto de Seguros Sociales para efectuar el estudio técnico y de costos, necesario para la revisión anual del Manual, puede consultar cualquiera de las entidades adscritas y vinculadas al Sistema Nacional de Salud.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 892 de 1985