Micelio

Artículo 28

Consejo Consultivo: Asesorar Al Procurador General En El Estudio, Formulación Y Revisión De Programas

Decreto 521 de 1971 · Por el cual se reorganiza la Procuraduría General de la Nación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Consejo Consultivo: Asesorar al Procurador General en el estudio, formulación y revisión de programas. Estará integrado por el Secretario General, los Procuradores Delegados y el Procurador Auxiliar. El Procurador General convocará y presidirá el Consejo Consultivo y podrá invitar a sus sesiones al Ministro de Justicia, a exProcuradores Generales, a Procuradores de Distrito y a jefes de organismos cuyas funciones estén relacionadas con el Ministerio Público, así como a expertos cuyas opiniones juzgue útiles en las deliberaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 521 de 1971