Micelio

Artículo 3

Decreto 1380 de 1972 · Por el cual se dictan unas medidas reglamentarias sobre inscripción de parcelaciones y urbanizaciones en el folio de matrícula inmobiliaria de que trata el Decreto-ley número 1250 de 1970, en desarrollo de lo dispuesto en los artículos 49 y 50 de dicha norma y en el artículo 5 de la Ley 66 de 1968

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 3º . En la escritura de constitución de la urbanización o parcelación , el propietario de la urbanización efectuará, a favor del municipio o distrito respectivo las cesiones de las áreas correspondientes a calles ,a ceras, parques, escolar, iglesias y demás zonas comunales o públicas de que estará dotada, todo de acuerdo con el metraje, extensión, plano o diseño que hubiere conocido o aprobado la autoridad municipal o distrital respectiva al tiempo de conocer la licencias a que se refiere el numeral 5º. Del artículo 5º. De la Ley 66 de 1.968.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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