º Como órgano asesor del Fondo de Fomento Fiquero actuará un Consejo integrado por el Ministro de Agricultura, o su delegado, quien lo presidirá; el Gerente General de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, o su delegado; el Gerente General del Instituto de Mercadeo Agropecuario, IDEMA, o su delegado; el Gerente General del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, o su delegado; el Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, o su delegado; el Gerente General del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, INCORA, o su delegado; el Director del Programa de Desarrollo Rural Integrado, DRI - PAN, o su delegado; y, además, por cinco delegados de las siguientes asociaciones gremiales, así: tres por la Asociación Nacional de Fiqueros, ASOFIQUE, uno por la Asociación de Fiqueros Independientes de Nariño ASOFIN, y uno, por el Sindicato de Fiqueros del Cauca.
Artículo 5
º Como Órgano Asesor Del Fondo De Fomento Fiquero Actuará Un Consejo Integrado Por El Ministro De Agricultura, O Su Delegado, Quien Lo Presidirá; El Gerente General De La Caja De Crédito Agrario, Industrial Y Minero, O Su Delegado; El Gerente General Del Instituto De Mercadeo Agropecuario, Idema, O Su Delegado; El Gerente General Del Servicio Nacional De Aprendizaje, Sena, O Su Delegado; El Gerente General Del Instituto Colombiano Agropecuario, Ica, O Su Delegado; El Gerente General Del Instituto Colombiano De La Reforma Agraria, Incora, O Su Delegado; El Director Del Programa De Desarrollo Rural Integrado, Dri - Pan, O Su Delegado; Y, Además, Por Cinco Delegados De Las Siguientes Asociaciones Gremiales, Así: Tres Por La Asociación Nacional De Fiqueros, Asofique, Uno Por La Asociación De Fiqueros Independientes De Nariño Asofin, Y Uno, Por El Sindicato De Fiqueros Del Cauca
Decreto 3107 de 1985 · Por el cual se reglamente la Ley 9° de 1983, sobre Fondo de Fomento Finquero y se crea un Consejo Asesor
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.