Concedida una patente, se inscribirá el bote en el libro de registro de los dedicados a la pesca, y de ella se extenderán cuatro ejemplares; uno para el interesado, otro para el Ministerio de Hacienda, un tercero para la Administración de Aduana respectiva, y el último, queda adherido al talonario, para el archivo de la Inspección de Pesca.
Decreto 1315 de 1923 →Vigente
Artículo 33
Concedida Una Patente, Se Inscribirá El Bote En El Libro De Registro De Los Dedicados A La Pesca, Y De Ella Se Extenderán Cuatro Ejemplares; Uno Para El Interesado, Otro Para El Ministerio De Hacienda, Un Tercero Para La Administración De Aduana Respectiva, Y El Último, Queda Adherido Al Talonario, Para El Archivo De La Inspección De Pesca
Decreto 1315 de 1923 · Por el cual se reglamenta la pesca de perlas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.