Micelio

Artículo 2

El Consejo Gubernamental De Ejecución De Los Acuerdos, Suscritos Con Brasil, Estará Adscrito Al Ministerio De Relaciones Exteriores, El Cual Proveerá Las Facilidades Necesarias Para El Cabal Cumplimiento De Sus Funciones, De Conformidad Con El Artículo 1º Del Decreto Número 1050 De 1968

Decreto 718 de 1988 · Por el cual se crea el Consejo Gubernamental de Ejecución de los Acuerdos suscritos con Brasil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Consejo Gubernamental de Ejecución de los Acuerdos, suscritos con Brasil, estará adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, el cual proveerá las facilidades necesarias para el cabal cumplimiento de sus funciones, de conformidad con el artículo 1º del Decreto número 1050 de 1968.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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