Micelio

Artículo 2.5.3.9.2.1.1

Objeto

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Objeto. La presente Sección tiene como objeto reglamentar la ley 1740 de 2014 en lo relativo a:

1.

Los parámetros a seguir por parte del Ministerio de Educación Nacional para la designación de sus delegados ante los órganos de dirección, y de los inspectores in situ, consejeros, directivos, representantes legales, administradores y revisores fiscales en las instituciones de educación superior, en el marco de las medidas preventivas y de vigilancia especial que el Ministerio adopte en dichas instituciones.

2.

Las funciones que deberán cumplir en el marco de las medidas preventivas y de vigilancia especial, los delegados, inspectores in situ, consejeros, directivos, representantes legales, administradores y revisores fiscales de las instituciones de educación superior, señalados en el numeral anterior.

3.

Los demás aspectos necesarios para el cumplimiento de las funciones asignadas al Ministerio de Educación Nacional, para el desarrollo de las medidas preventivas y de vigilancia especial que sean impuestas a las instituciones de educación superior.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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