Micelio

Artículo 7

En Cada Uno De Estos Dispensarios El Médico Visitador Tendrá Las Funciones Señaladas Por El Decreto 1099 De 1932 Al Médico Auxiliar Y Gozará De Viáticos A Razón De Tres Pesos ($ 3) Diarios, Cuando Tengan Que Salir Del Municipio, Sede Del Dispensario Para Practicar Visita Oficial A Los Municipios, Corregimientos Y Veredas De Su Jurisdicción

Decreto 1454 de 1936 · Por el cual se aprueba una Resolución del Departamento Nacional de Higiene

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. En cada uno de estos Dispensarios el Médico Visitador tendrá las funciones señaladas por el Decreto 1099 de 1932 al Médico Auxiliar y gozará de viáticos a razón de tres pesos ($ 3) diarios, cuando tengan que salir del Municipio, sede del Dispensario para practicar visita oficial a los Municipios, Corregimientos y veredas de su jurisdicción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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