Micelio

Artículo 1.8.3.2.7.2

Manifestación De Interés

Resolucion 227 de 2025 · Por la cual se expide la resolución Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria en lo de competencia de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las empresas que estén interesadas en prestar el servicio de devolución del Impuesto sobre las Ventas (IVA), a turistas extranjeros deberán manifestar su interés mediante comunicación escrita firmada por el representante legal o todos los miembros que conforman la unión temporal o consorcio.

Los interesados deberán manifestar su interés por escrito en un plazo máximo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en la página web de la entidad.

El plazo para presentar la manifestación de interés junto con todos los soportes debe ser radicada a más tardar a las 3:00 p. m. del último día del plazo señalado en el inciso anterior, a través del medio electrónico que indique la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN en el aviso de convocatoria.

(Artículo 18, Resolución 489 de 2022)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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