Micelio

Artículo 1

Se Entiende Por Establecimientos Educativos, Para Los Efectos De Este Decreto, Todas Las Entidades Que Impartan Enseñanza Directa O Indirecta, Sistemática O Asistemática, En Cualesquiera De Los Niveles Tales Como Preescolar, Primaria, Media, Superior No Universitaria Y Educación Especial, En Sus Diferentes Modalidades Como: Bachillerato, Normalista, Industrial, Comercial, Agropecuaria, Politécnica, Artística, Religiosa, Enfermería Y Secundaria No Especificada, Que Funcionen En El País, En Forma Periódica O Permanente Con Los Nombres De Escuelas, Académicas, Institutos, Gimnasios, Liceos, Colegios, Ateneos, Externados, Casa De Formación, Seminarios, Centros De Capacitación Y Otros De Denominaciones Similares, Por Correspondencia, Radio, Televisión O Cualquiera Otro Medio De Comunicación Social

Decreto 2499 de 1973 · por el cual se señalan requisitos para la fundación, inscripción, licencia de funcionamiento y aprobación de estudios de los establecimientos educativos que funcionan en el territorio de la República.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Se entiende por establecimientos educativos, para los efectos de este Decreto, todas las entidades que impartan enseñanza directa o indirecta, sistemática o asistemática, en cualesquiera de los niveles tales como Preescolar, Primaria, Media, Superior no Universitaria y Educación Especial, en sus diferentes modalidades como: Bachillerato, Normalista, Industrial, Comercial, Agropecuaria, Politécnica, Artística, Religiosa, Enfermería y secundaria no especificada, que funcionen en el país, en forma periódica o permanente con los nombres de escuelas, académicas, institutos, gimnasios, liceos, colegios, ateneos, externados, casa de formación, seminarios, centros de capacitación y otros de denominaciones similares, por correspondencia, radio, televisión o cualquiera otro medio de comunicación social.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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