Ningún vehículo podrá transitar por las vías del territorio nacional sin portar el siguiente equipo de carretera como mínimo:
Un gato con capacidad para elevar el vehículo.
Una cruceta.
Dos señales de carretera en forma de triángulo en material reflectivo y provistas de soportes para ser colocadas en forma vertical o lámparas de señal de luz amarilla intermitentes o de destello.
Un botiquín de primeros auxilios.
Un extintor.
Dos tacos para bloquear el vehículo.
Caja de herramienta básica que como mínimo deberá contener: Alicate, destornilladores, llave de expansión y llaves fijas.
Llanta de repuesto.
Linterna.
Ningún vehículo podrá circular por las vías urbanas , portando defensas rígidas diferentes de las instaladas originalmente por el fabricante.