La cuenta de fondos de manumisión se describirá tanto por la Tesorería jeneral, como por las administraciones de correos de las provincias de Medellin, Buenaventura i Cartajena en el Diario i Mayor, i en la forma que se prescribe en los articulos siguientes:
Decreto 185112011 de 1851 →Vigente
Artículo 23
Decreto 185112011 de 1851 · Sobre vales i fondos de manumisión
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.