Micelio

Artículo 23

La Conveniencia De No Interrumpir Estudios Profesionales Se Podrá Aceptar Como Fundamento Para Solicitar De Las Autoridades De Reclutamiento La Anticipación Del Servicio Activo Hasta En Dos Años O Para Aplazarlo Hasta Por Cinco Años En Aplazamientos Sucesivos De Un Año, Que No Podrán Concederse Sino A Petición Del Interesado Y Al Vencimiento Del Anterior Mediante La Presentación De Los Comprobantes Legales

Decreto 2020 de 1927 · Por el cual se reglamenta la Ley 167 de 1896, y se dictan otras disposiciones sobre servicio militar obligatorio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La conveniencia de no interrumpir estudios profesionales se podrá aceptar como fundamento para solicitar de las autoridades de reclutamiento la anticipación del servicio activo hasta en dos años o para aplazarlo hasta por cinco años en aplazamientos sucesivos de un año, que no podrán concederse sino a petición del interesado y al vencimiento del anterior mediante la presentación de los comprobantes legales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2020 de 1927