La conveniencia de no interrumpir estudios profesionales se podrá aceptar como fundamento para solicitar de las autoridades de reclutamiento la anticipación del servicio activo hasta en dos años o para aplazarlo hasta por cinco años en aplazamientos sucesivos de un año, que no podrán concederse sino a petición del interesado y al vencimiento del anterior mediante la presentación de los comprobantes legales.
Artículo 23
La Conveniencia De No Interrumpir Estudios Profesionales Se Podrá Aceptar Como Fundamento Para Solicitar De Las Autoridades De Reclutamiento La Anticipación Del Servicio Activo Hasta En Dos Años O Para Aplazarlo Hasta Por Cinco Años En Aplazamientos Sucesivos De Un Año, Que No Podrán Concederse Sino A Petición Del Interesado Y Al Vencimiento Del Anterior Mediante La Presentación De Los Comprobantes Legales
Decreto 2020 de 1927 · Por el cual se reglamenta la Ley 167 de 1896, y se dictan otras disposiciones sobre servicio militar obligatorio
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.