º A partir del 1º de enero de 1986 reajustase en un veintidós por ciento (22%) el incremento de salario por antigüedad que venían percibiendo algunos funcionarios del Departamento Nacional de Planeación en virtud de lo dispuesto en los Decretos extraordinarios 1046 y 1515 de 1978, 271 de 1983 y 143 de 1985. Si al aplicar el porcentaje de que trata el presente artículo, resultaren centavos, se desecharán.
Decreto 79 de 1986 →Vigente
Artículo 8
º A Partir Del 1º De Enero De 1986 Reajustase En Un Veintidós Por Ciento (22%) El Incremento De Salario Por Antigüedad Que Venían Percibiendo Algunos Funcionarios Del Departamento Nacional De Planeación En Virtud De Lo Dispuesto En Los Decretos Extraordinarios 1046 Y 1515 De 1978, 271 De 1983 Y 143 De 1985
Decreto 79 de 1986 · Por el cual se establecen las escalas de remuneración del Departamento Nacional de Planeación y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.