Derogado.
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LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2.2.6.12.3.2.3. El reconocimiento de las certificaciones de competencias obtenidas en el exterior. El reconocimiento de las certificaciones de competencias obtenidas en el exterior se realiza a través del mecanismo de Reconocimiento de Aprendizajes Previos (RAP) denominado verificación de las certificaciones de competencias obtenidas en el exterior, con el cual el Ministerio del Trabajo, a través de las entidades evaluadoras y certificadoras nacionales autorizadas, verifica y reconoce la validez y equivalencia de las certificaciones de competencias obtenidas en el exterior, fundamentado en acuerdos o tratados internacionales.
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