Recursos. Contra el acto de la evaluación anual de desempeño laboral proceden los recursos de reposición y apelación, los cuales deben ser resueltos dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su presentación por el inmediato superior y por el superior jerárquico, respectivamente.
Los recursos deben ser presentados personalmente ante el evaluador en la forma y términos establecidos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
(Decreto 3782 de 2007, artículo 23).