Micelio

Artículo 4

La Inversión De Los Fondos Provenientes De Los Recursos Del Crédito Externo O Interno Que Se Incorporen Al Presupuesto, Estará Limitada En Los Acuerdos Mensuales De Ordenación De Gastos Al Producto Efectivo De Los Empréstitos O Al Monto De Los Desembolsos Parciales Hechos Por Los Prestamistas, Como Cuantía Máxima

Decreto 3256 de 1961 · Sobre liquidación del Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1962

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La inversión de los fondos provenientes de los recursos del crédito externo o interno que se incorporen al Presupuesto, estará limitada en los acuerdos mensuales de ordenación de gastos al producto efectivo de los empréstitos o al monto de los desembolsos parciales hechos por los prestamistas, como cuantía máxima. Pero la Dirección Nacional del Presupuesto podrá reducir, en los proyectos del acuerdo de ordenación de gastos, tales inversiones al monto de las reservas especiales certificadas por la Contraloría General de la República o al costo de las necesidades reales de los servicios sin que pueda en ningún caso exceder la inversión al ingreso de los recursos, certificados por el Tesorero General de la República, inclusive los provenientes de operaciones de avances.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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