Pertenecen a la séptima categoría
Mecanógrafas de la Jefatura de Rentas e Impuestos Nacionales, del Juzgado Nacional de Ejecuciones y de las Administraciones de Hacienda de Cundinamarca; Estenógrafas, y Mecanógrafas de las Administraciones de Hacienda de Antioquia, Bolívar, Boyacá, Santander, Norte de Santander y Tolima; y de las Recaudaciones de Armenia y Pereira.
Oficiales de Registro de Triplicación y de Remesas de la Administración de Hacienda de Cundinamarca; Oficiales de Recibo y Entrega de las de Antioquia y Valle; Oficiales de Control Previo de las de Bolívar, Caldas, Santander, Norte de Santander y Tolima, y Oficiales de Impuestos Varios de las Recaudaciones de Armenia y Pereira.
Oficiales de Kárdex de las Administraciones de Hacienda de Bolívar, Boyacá, Caldas, Nariño y Santander; Ayudantes de Kárdex de las de Antioquia y Atlántico, y Jefes de Kárdex de las de Cauca, Huila y Magdalena.
Archivero de la Sección séptima, y Archivero Ayudante de la Sección primera de la Administración de Hacienda de Cundinamarca, y Archivero de la de Antioquia. c) Ayudante del debido cobrar y de Timbre de la Sección cuarta de la Administración de Hacienda de Cundinamarca y de la Sección sexta de la de Antioquia, y Auxiliar de Información de la de Cundinamarca. f) Liquidadores de Recomendados y Encomiendas de la Administración de Hacienda de Cundinamarca; Liquidadores de Impuestos y de Encomiendas de la de Antioquia; Liquidador Triplicador de la del Valle; Liquidadores de Impuestos de las de Bolívar y Valle; Liquidador Ayudante de la Sección primera de la del Atlántico, y Reconocedor Liquidador de la del Valle. g) Escribientes de las Secciones segunda, tercera y céptima de la Administración de Hacienda de Cundinamarca, y Escribientes Sustanciadores y Archiveros de las de Atlántico, Bolívar, Caldas y Valle. h) Fenecedores Ayudantes de la Sección sexta de las Administraciones de Hacienda de Cundinamarca y Antioquia; Examinadores de las de Atlántico, Bolívar, Boyacá, Caldas, Cauca, Magdalena y Norte de Santander, y Examinadores Fenecedores de las de Huila, Nariño, Magdalena, Santander y Tolima. i) Cajeros Auxiliares de las Administraciones de Hacienda de Bolívar, Caldas, Norte de Santander, Santander y Tolima, y Contador Ayudante de la de Boyacá. j) Auditores de Impuestos de las Recaudaciones de Calarcá, Buenaventura, Barrancabermeja y Buga, y Secretarios Contadores de las Administraciones de Hacienda de Chocó, Meta, San Andrés (Islas), Caquetá, Putumayo y Arauca. k) Recaudadores de Hacienda de Bello, Girardota, Sopetrán, Titiribí, Amalfi, Barbosa (A.), Cisneros, Envigado, Huango, Salgar, Puerto Colombia, Santo Tomás, Calamar, Sahagún, San Marcos, Sucre (B.), Arjona, Ovejas, Tolú, Soatá, Garagoa, Ramiriquí, Socha, Chinchiná, Pacora, Pijao, Aranzazu, Belalcázar, Circasia, Heura, Quimbaya, Bolívar (C.), Anolaima, Guaduas, La Palma, Chocontá, Villeta, Villavieja, Agrado, Yaguará, Plato, Charalá, San Vicente (S.), Natagaima, Santa Isabel (T.), Dolores, Rovira, Pradera, Villahermosa, Bugalagrande, Cerrito, Dagua, Pradera, La Victoria (V.), Trujillo y La Unión (N.), y Secretarios Contadores de las Recaudaciones de Calarcá, Buenaventura, Barrancabermeja y Buga, y de las Administraciones de Hacienda de Chocó, Meta, San Andrés (Islas), Caquetá, Putumayo y Arauca.
Para este grupo se requieren las siguientes condiciones mínimas de admisión al servicio: Para el cargo del ordinal a), diploma de estenografía o mecanografía, expedido por una institución reconocida para este efecto por el Gobierno. Para los cargos de los ordinales b), e) y g), práctica en mecanografía, buena letra, versación como oficinistas y conocimientos generales de las funciones inherentes a sus respectivos empleos. Para los de los ordinales c) y d), hábitos de orden, versación en el manejo de kárdex y archivos, práctica en mecanografía y capacidad de adaptación y disciplina. Para los cargos comprendidos en los ordinales f), li), i) y j), práctica en contabilidad y mecanografía, conocimientos de la estructura, organización y disposiciones fiscales pertinentes, capacidad de adaptación y disciplina, y versación en las funciones correspondientes a sus respectivos empleos.