Micelio

Artículo 8

º El Tribunal Especial De Instrucción Tendrá Un Plazo De Tres (3) Meses, Contados A Partir De La Fecha En Que Los Magistrados Empiecen A Ejercer Sus Funciones, Para, Perfeccionar La Investigación

Decreto 3300 de 1985 · Por el cual se crea un tribunal especial de instrucción y se dictan normas para su funcionamiento.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Tribunal Especial de Instrucción tendrá un plazo de tres (3) meses, contados a partir de la fecha en que los Magistrados empiecen a ejercer sus funciones, para, perfeccionar la investigación. Oficiosamente dicho plazo podrá ser prorrogado hasta por dos (2) semanas más.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3300 de 1985