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Artículo 3

Las Exenciones A Que Tengan Derecho Los Ministerios Y Otros Organismos Oficiales O Semioficiales, Serán Sometidas A La Autorización Del Gobierno, En Cada Caso

Decreto 2630 de 1956 · Por el cual se toman algunas medidas restrictivas en las exenciones aduaneras

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las exenciones a que tengan derecho los Ministerios y otros organismos oficiales o semioficiales, serán sometidas a la autorización del Gobierno, en cada caso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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