º A partir de la vigencia del presente Decreto, establécese la siguiente escala de viáticos para los empleados que deban cumplir comisión de servicios en el interior del país o en el exterior. Remuneración mensual Viáticos diarios en pesos para comisiones en el país. Viáticos diarios en dólares estadounidenses para comisiones en el exterior. Hasta 14.850 Hasta 1.500 Hasta 95 De 14.851 a 29.550 Hasta 2.500 Hasta 105 De 29.551 a 56.550 Hasta 3.600 Hasta 170 De 56.551 a 83.450 Hasta 4.350 Hasta 260 De 83.411 a 108.450 Hasta 5 050 Hasta 275 De 108.451 a 143.400 Hasta 5.850 Hasta 300 De 143.401 en. adelante Hasta 6.650 Hasta 310 El valor de los viáticos se fijará según la remuneración mensual del funcionario comisionado, la naturaleza de los asuntos que le sean confiados y el lugar donde debe llevarse a cabo la labor. Para determinar el valor de los viáticos, se tendrá en cuenta la asignación básica, los gastos de representación y los incrementos de salario por antigüedad. Dentro del territorio nacional solo se reconocerá viáticos completos, cuando el comisionado deba pernoctar en el lugar de la comisión. En caso contrario, sólo se reconocerá el cincuenta por ciento (50%) del valor fijado.
Decreto 166 de 1984 →Vigente
Artículo 6
A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto, Establécese La Siguiente Escala De Viáticos Para Los Empleados Que Deban Cumplir Comisión De Servicios En El Interior Del País O En El Exterior
Decreto 166 de 1984 · Por el cual se establecen las escalas de remuneración del Departamento Nacional de Planeación y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.