Micelio

Artículo 9

De Acuerdo Con Las Autorizaciones Especiales De Que Está Investido El Ministro De Correos Y Telégrafos, Los Nombramientos De Personal Se Harán Únicamente Por Decreto, Excepto Los De Carteros De Correos Y Telégrafos, Los De Cabos De Guardas Y Guardas De Las Líneas Telegráficas Y Los De Conserjes De Oficinas, Que Se Nombrarán Por Medio De Resoluciones Ministeriales

Decreto 993 de 1935 · Por el cual se reglamenta la selección de personal en los ramos de Correos y Telégrafos, y se dictan otras disposiciones de carácter administrativo en el Ministerio del ramo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° De acuerdo con las autorizaciones especiales de que está investido el Ministro de Correos y Telégrafos, los nombramientos de personal se harán únicamente por decreto, excepto los de Carteros de Correos y Telégrafos, los de Cabos de Guardas y Guardas de las líneas Telegráficas y los de Conserjes de oficinas, que se nombrarán por medio de resoluciones ministeriales. Las licencias, sus prórrogas y las permutas también se aprobarán por medio de resoluciones firmadas por el Ministro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 993 de 1935