º El Sistema Nacional de Transferencia de Tecnología Agropecuaria y el servicio de asistencia técnica directa a los productores rurales se desarrollarán dentro del marco general de la política que para el sector agropecuario establezca el Ministerio de Agricultura y conforme a los planes y programas sectoriales de desarrollo económico y social.
Artículo 7
º El Sistema Nacional De Transferencia De Tecnología Agropecuaria Y El Servicio De Asistencia Técnica Directa A Los Productores Rurales Se Desarrollarán Dentro Del Marco General De La Política Que Para El Sector Agropecuario Establezca El Ministerio De Agricultura Y Conforme A Los Planes Y Programas Sectoriales De Desarrollo Económico Y Social
Decreto 1946 de 1989 · Por el cual se crea y organiza el Sistema Nacional del Transferencia de Tecnología Agropecuaria y se reglamentan los Decretos-ley 077 de 1987 y 501 de 1989, en relación con la prestación del servicio de asistencia técnica directa a los productores rurales
El texto del artículo
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.