Micelio

Artículo 35

Ley 141 de 1994 · por la cual se crean el Fondo Nacional de Regalías, la Comisión Nacional de Regalías, se regula el derecho del Estado a percibir regalías por la explotación de recursos naturales no renovables, se establecen las reglas para su liquidación y distribución y se dictan otras disposiciones

1 sentencia lo revisó
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Distribución de las regalías derivadas de la explotación de esmeraldas y demás piedras preciosas. Departamento de Boyacá 10% Departamento de Cundinamarca20%Municipio de Muzo6%Municipio de Quípama6%Municipio de San Pablo de Borbur6%Municipio de Maripí6%Municipio de Pauna5%Municipio de Buena Vista2%Municipio de Otanche6%Municipio de Coper2%Municipio de Briceño2%Municipio de Tunungua2%Municipio de La Victoria2%Municipio de Chivor8%Municipio de Ubalá2%Municipio de Gachalá2%Municipio de Macanal2%Municipio de Almeida2%Municipio de Somondoco2%Municipio de Chiquinquirá2%Fondo Nacional de Regalías5%Total 100%

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2008
    C-509/08ConstitucionalidadEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
Ver toda la Ley 141 de 1994