A Partir Del 1° De Enero De 1988, Fíjase El Valor Del Punto Para El Personal Docente De La Universidad Nacional De Colombia En Setecientos Cuarenta Y Dos Pesos ($ 742
Decreto 107 de 1988 · por el cual se fija el valor del punto para el personal docente de la Universidad Nacional de Colombia y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° A partir del 1° de enero de 1988, fíjase el valor del punto para el personal docente de la Universidad Nacional de Colombia en setecientos cuarenta y dos pesos ($ 742.00), moneda corriente.
Parágrafo
Para los docentes de dedicación exclusiva se mantiene el incremento del veintidós por ciento (22%) en el valor del punto.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.