Micelio

Artículo 2

º Para La Aplicación Del Presente Decreto Se Entiende: A) Por Ferias Comerciales: Las Exposiciones Exhibiciones, Muestras, Salones Y Manifestaciones Similares, De Carácter Comercial, Industrial, Agrícola, Artesanal Y En General, Los Certámenes Encaminados A Promover El Intercambio Comercial B) Por Ferias Culturales: Las Manifestaciones Organizadas Con Fines De Carácter Educativo, Artístico, Religioso, Bibliográfico, Folclórico, Etnológico, Arqueológico, Cinematográfico, Deportivo Y Todos Aquellos Eventos Que Tiendan A Mejorar La Comprensión Mutua De Las Naciones Y Los Que Se Organicen Con Fines Filantrópicos

Decreto 1086 de 1984 · Por medio del cual se autoriza una Zona Franca Transitoria

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Para la aplicación del presente Decreto se entiende

a)

Por ferias comerciales: las exposiciones exhibiciones, muestras, salones y manifestaciones similares, de carácter comercial, industrial, agrícola, artesanal y en general, los certámenes encaminados a promover el intercambio comercial

b)

Por ferias culturales: las manifestaciones organizadas con fines de carácter educativo, artístico, religioso, bibliográfico, folclórico, etnológico, arqueológico, cinematográfico, deportivo y todos aquellos eventos que tiendan a mejorar la comprensión mutua de las naciones y los que se organicen con fines filantrópicos.

c)

Por ferias científicas: las exhibiciones o manifestaciones organizadas con propósitos técnicos relacionados con la actividad científica, desde la ciencia pura hasta sus aplicaciones en los diversos campos tecnológicos.

d)

Por recinto ferial: el espacio donde la Corporación de Ferias y Exposiciones S. A., realice la feria y/o sus actuaciones oficiales. CAPITULO II. Dirección, denominación y certamen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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