Micelio

Artículo 22

Los Comprobantes, Tanto De Ingreso Como De Egresos, Por Partidas Que Figuran En Los Cuadros, Deben Arreglarse Por Legajo, Separados Cada Uno Con Su Respectiva Portada, En La Que Se Anotará La Clase De Documento Y El Grupo A Que Corresponde, Esto Es: Principal O Duplicado

Decreto 259 de 1917 · Por el cual se reglamenta la Ley 82 de 1916 y se organiza el servicio de Contabilidad en el ramo de Correos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los comprobantes, tanto de ingreso como de egresos, por partidas que figuran en los cuadros, deben arreglarse por legajo, separados cada uno con su respectiva portada, en la que se anotará la clase de documento y el grupo a que corresponde, esto es: Principal o duplicado. Las nóminas o cuentas estampilladas deben formar el legajo principal

Parágrafo

Todos los demás comprobantes de caja vendrán también clasificados en perfecto acuerdo con el estado de caja.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 259 de 1917