Micelio

Artículo 3

De Conformidad Con El Artículo 7° De La Ley 78 De 1989, Están Obligados A Suscribir Los “bonos De Financiamiento Especial -Emisión 1990”, Las Personas Jurídicas Y Sociedades De Hecho, Que Sean Contribuyentes Del Impuesto Sobre La Renta Durante El Año 1990

Decreto 1131 de 1990 · por el cual se ordena la emisión de títulos de deuda pública interna de la Nación denominados “Bonos de Financiamiento Especial -Emisión 1990-” y se fijan las características financieras y los términos para su suscripción.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° De conformidad con el artículo 7° de la Ley 78 de 1989, están obligados a suscribir los “Bonos de Financiamiento Especial -Emisión 1990”, las personas jurídicas y sociedades de hecho, que sean contribuyentes del impuesto sobre la renta durante el año 1990. La inversión forzosa será igual a una suma equivalente al cinco por ciento (5%) del total del impuesto de la renta y complementarios a cargo del contribuyente por el ajo gravable de 1989, siempre y cuando la inversión represente una cuantía igual o superior a cien mil pesos ($ 100.000.00) moneda legal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1131 de 1990