Micelio

Artículo 11

Decreto 1394 de 1970 · Por el cual se reglamentan normas sobre valorización

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Todo lo relacionado con la distribución, recaudo, manejo e inversión de la contribución de valorización por obras nacionales, estará a cargo del Concejo Nacional de Valorización y de la Dirección Nacional de Valorización, esta ultima como dependencia del Ministerio de obras Publicas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3º y 6º del Decreto legislativo 1604 de 1966 y los artículos 32 a 35 del Decreto 3160 de 1968.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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