Micelio

Artículo 2

Derechos De Los Municipios

Ley 1551 de 2012 · por la cual se dictan normas para modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios

1 sentencia lo revisó
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los municipios gozan de autonomía para la gestión de sus intereses, dentro de los límites de la Constitución y la ley.

Tendrán los siguientes derechos:

1.

Elegir a sus autoridades mediante procedimientos democráticos y participativos de acuerdo con la Constitución y la ley.

2.

Ejercer las competencias que les correspondan conforme con la Constitución y a la ley.

3.

Administrar los recursos y establecer los tributos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.

4.

Participar en las rentas nacionales, de acuerdo a las normas especiales que se dicten en dicha materia.

5.

Adoptar la estructura administrativa que puedan financiar y que se determine conveniente para dar cumplimiento a las competencias que les son asignadas por la Constitución y la ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2016
    C-390/16ConstitucionalidadEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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