La Registraduría Nacional Del Estado Civil Clasificará Y Archivará En Un Archivo Central Y Único, Distinto Del Que Hoy Existe, Las Tarjetas Que Le Envíen Los Registradores Municipales Con Las Impresiones Digitales De Que Trata El Artículo 5° De Este Decreto, Y Las Tarjetas Correspondientes A Las Nuevas Cédulas Que Se Expidan, A Partir De La Fecha En Que Se Inicie La Revisión
Decreto 2046 de 1950 · por el cual se señala nueva fecha para las elecciones de Senadores, Representantes, Diputados y Concejales, y se dictan disposiciones para garantizar la Pureza del sufragio.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
La Registraduría Nacional del Estado Civil clasificará y archivará en un archivo central y único, distinto del que hoy existe, las tarjetas que le envíen los Registradores Municipales con las impresiones digitales de que trata el artículo 5° de este Decreto, y las tarjetas correspondientes a las nuevas cédulas que se expidan, a partir de la fecha en que se inicie la revisión. Las páginas que en copia auténtica de los nuevos censos reciba la Registraduría Nacional serán coleccionadas por Municipios, y sobre ellas hará la revisión correspondiente la oficina respectiva del Departamento de Identificación, teniendo en cuentas las comprobaciones que allí existan, y lo que aparezca del nuevo archivo central dactiloscópico.
Parágrafo
Mensualmente la Registraduria Nacional ordenará a los Registradores Municipales, producir las cancelaciones que resulten de la confrontación dactiloscópica y demás elementos de control de que dispone aquella oficina.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.