° Los bonos de prenda de que trata el artículo 4° de la Ley 20 de 1921 deben sufragar el impuesto de timbre señalado por el numeral 5° del artículo del Decreto número 92 de 1932.
Decreto 1558 de 1937 →Vigente
Artículo 1
Los Bonos De Prenda De Que Trata El Artículo 4° De La Ley 20 De 1921 Deben Sufragar El Impuesto De Timbre Señalado Por El Numeral 5° Del Artículo Del Decreto Número 92 De 1932
Decreto 1558 de 1937 · Por el cual se reglamenta la anulación de las estampillas de timbre nacional que deben llevar los bonos de prenda expedidos por los Almacenes Generales de Depósito de la Federación Nacional de Cafeteros
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.