Micelio

Artículo 2

Para El Cumplimiento De La Política Indigenista La División Operativa De Asuntos Indígenas Del Ministerio De Gobierno, Desarrollará A Nivel Regional Y Local Los Siguientes Programas: A) Defensa Del Uso Y Propiedad De La Tierra, En Zonas De Resguardo O De Simple Asentamiento De Poblaciones Indígenas; B) Enseñanza Para La Protección Y Correcto Aprovechamiento De Los Recursos Naturales; C) Enseñanza De Prácticas Avanzadas De Explotación Agropecuaria; D) Asistencia Social Rural; E) Fomento De La Pequeña Artesanía Y De Las Industrias Menores; F) Campañas De Salud Y Saneamiento Ambiental; G) Fomento Del Cooperativismo Y Demás Formas De Asociación; H) Formación De Promotores De Desarrollo Social En Materia De Salud, Extensión Agropecuaria, Alfabetización, Cooperativismo Y Acción Comunal, Y I) Dotación De Las Obras Básicas De Infraestructura

Decreto 1741 de 1973 · Por el cual se dictan normas sobre las corporaciones y fundaciones constituidas para desarrollar actividades relacionadas con las comunidades indígenas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Para el cumplimiento de la política indigenista la División Operativa de Asuntos Indígenas del Ministerio de Gobierno, desarrollará a nivel regional y local los siguientes programas

a)

Defensa del uso y propiedad de la tierra, en zonas de resguardo o de simple asentamiento de poblaciones indígenas;

b)

Enseñanza para la protección y correcto aprovechamiento de los recursos naturales;

c)

Enseñanza de prácticas avanzadas de explotación agropecuaria;

d)

Asistencia social rural;

e)

Fomento de la pequeña artesanía y de las industrias menores;

f)

Campañas de salud y saneamiento ambiental;

g)

Fomento del cooperativismo y demás formas de asociación;

h)

Formación de promotores de desarrollo social en materia de salud, extensión agropecuaria, alfabetización, cooperativismo y acción comunal, y

i)

Dotación de las obras básicas de infraestructura.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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