Micelio

Artículo 1

El Fondo De Bienestar Veredal Tiene Po R Objeto El Financiamiento De Programas De Integración Y Ampliación De Servicios De Educación, Salud, Asistencia Técnica, Mercadeo, Crédito, Recreación; Bienestar, Electrificación Y Demás Servicios Sociales Que Tiendan Al Mejoramiento De Las Condiciones De Vida De La Población: Campesina, En El Ámbito Veradal

Decreto 2236 de 1973 · Por el cual se dicta el Estatuto Orgánico del Fondo de Bienestar Veredal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 1°. El Fondo de Bienestar Veredal tiene po r objeto el financiamiento de programas de integración y ampliación de servicios de educación, salud, asistencia técnica, mercadeo, crédito, recreación; bienestar, electrificación y demás servicios sociales que tiendan al mejoramiento de las condiciones de vida de la población: campesina, en el ámbito veradal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2236 de 1973