º. El reconocimiento y pago de la prima de vacaciones no sustituye ni modifica las demás prestaciones o bonificaciones que hoy viene percibiendo el docente.
Decreto 1381 de 1997 →Vigente
Artículo 3
El Reconocimiento Y Pago De La Prima De Vacaciones No Sustituye Ni Modifica Las Demás Prestaciones O Bonificaciones Que Hoy Viene Percibiendo El Docente
Decreto 1381 de 1997 · por medio del cual se establece la prima de vacaciones para los docentes de los servicios Educativos Estatales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.