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Artículo 40

El Recaudo De Los Productos Y El Pago De Los Gastos De La Empresa Nacional De Telecomunicaciones, Por Sus Facultades Especiales, Se Hará Sin Pasar Por El Presupuesto

Decreto 1184 de 1954 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 40. El recaudo de los productos y el pago de los gastos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, por sus facultades especiales, se hará sin pasar por el Presupuesto .Nacional, ciñéndose en un todo a los principios, normas y sistemas de contabilidad comercial tic acuerdo con las reglamentaciones que al respecto dice la Junta Directiva. La Fiscalización corresponderá a la Contraloría General de la República.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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