º. En seguida que sea promulgado este Decreto, los Concejos procederán a elaborar una relación o memorandum en el que se exprese con toda exactitud los límites del respectivo Municipio y el número y situación de las poblaciones de que consta, con fijación precisa de la parte urbana y de la rural. Estos datos deberá pasarlos a la Junta Municipal del Censo dentro de los cinco días siguientes a la instalación, de ésta, la cual debe verificarse el día 10 de abril de este año.
Decreto 351 de 1918 →Vigente
Artículo 9
En Seguida Que Sea Promulgado Este Decreto, Los Concejos Procederán A Elaborar Una Relación O Memorandum En El Que Se Exprese Con Toda Exactitud Los Límites Del Respectivo Municipio Y El Número Y Situación De Las Poblaciones De Que Consta, Con Fijación Precisa De La Parte Urbana Y De La Rural
Decreto 351 de 1918 · Sobre censo civil de la población
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.