Artículo primero. De la partida global apropiada en el Capítulo 284, articulo 2887 del Presupuesto de Castos para la vigencia fiscal en curso, para jornales y gastos de sostenimiento de los dispensarios antituberculosos, centros epidemiológicos antituberculosos, hospitales sanatorios, unidades móviles, Laboratorio BCG y Vacunación, existentes o que se funden, administra- dos directamente por el Ministerio, según distribución que hará el Gobierno Nacional por decreto separado, en la presente vigencia y anteriores hácese la siguiente distribución: CAPITULO 284 Artículo 2887. Mes Año Oficina 368. Clave 003. Ordinal 24. Para jornales y gastos de sostenimiento del Hospital Sanatorio Santa Clara, de Bogotá, en la presente vigencia y anteriores $ 4.000.00 48.000.00 Oficina 369. Clave 003 Ordinal 49 Para jornales y gastos de sostenimiento del Hospital de El Carmen, del Chocó, en la presente vigencia y anteriores 8.000.00 9.600.00
Artículo 1
Del Presupuesto De Castos Para La Vigencia Fiscal En Curso, Para Jornales Y Gastos De Sostenimiento De Los Dispensarios Antituberculosos, Centros Epidemiológicos Antituberculosos, Hospitales Sanatorios, Unidades Móviles, Laboratorio Bcg Y Vacunación, Existentes O Que Se Funden, Administra- Dos Directamente Por El Ministerio, Según Distribución Que Hará El Gobierno Nacional Por Decreto Separado, En La Presente Vigencia Y Anteriores Hácese La Siguiente Distribución: Capitulo 284 Artículo 2887
Decreto 2192 de 1956 · Por el cual se distribuyen las partidas globales apropiadas para jornales y gastos de sostenimiento; y para construcciones, ampliaciones y mejoras locativas de las diversas entidades de la Sección de Tuberculosis del Ministerio de Salud Pública
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.