Micelio

Artículo 2

Autorízase Igualmente Al Consejo De Ferrocarriles Para Urbanizar, Enajenar E Hipotecar En La Misma Forma Establecida En El Artículo Anterior, Los Edificios, Los Lotes De Terreno Y Las Zonas De Carrilera Cuyos Rieles Haya Necesidad De Levantar, Situados En La Jurisdicción De Bogotá Y Pertenecientes A Los Ferrocarriles Del Sur Y Del Norte, Inmuebles En Donde Funcionan Hoy La Estación Central Y Dependencias De Los Ferrocarriles Del Norte Sección Segunda, Sur Y Nordeste

Decreto 2993 de 1950 · Por el cual se conceden unas autorizaciones al Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Autorízase igualmente al Consejo de Ferrocarriles para urbanizar, enajenar e hipotecar en la misma forma establecida en el artículo anterior, los edificios, los lotes de terreno y las zonas de carrilera cuyos rieles haya necesidad de levantar, situados en la jurisdicción de Bogotá y pertenecientes a los Ferrocarriles del Sur y del Norte, inmuebles en donde funcionan hoy la Estación Central y dependencias de los ferrocarriles del Norte sección segunda, Sur y nordeste.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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