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Artículo 12

Dentro Del Patrimonio De Las Universidades Quedan Comprendidos Los Bienes Muebles E Inmuebles De Que Actualmente Gozan, Los Cuales Pasarán A Propiedad De Ellas

Decreto 277 de 1958 · Por el cual se establece el régimen jurídico de las Universidades oficiales departamentales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dentro del patrimonio de las Universidades quedan comprendidos los bienes muebles e inmuebles de que actualmente gozan, los cuales pasarán a propiedad de ellas.

Parágrafo

La nación les transmitirá por escritura pública, debidamente registrada, el derecho de dominio sobre los inmuebles que les haya cedido u otorgado por una ley. Los Departamentos y Municipios quedan autorizados para proceder en igual forma.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 277 de 1958