º. El artículo 19 del Decreto-ley 320 de 1970 quedará así: "La Tarjeta Profesional será renovada cada cinco años por el Ministerio de Justicia, a solicitud del interesado y previa comprobación de la vigencia de la inscripción". Del mismo modo se procederá en caso de pérdida.
Decreto 1158 de 1970 →Vigente
Artículo 1
El Artículo 19 Del Decreto-Ley 320 De 1970 Quedará Así: "la Tarjeta Profesional Será Renovada Cada Cinco Años Por El Ministerio De Justicia, A Solicitud Del Interesado Y Previa Comprobación De La Vigencia De La Inscripción"
Decreto 1158 de 1970 · Por el cual se modifica el Decreto-ley 320 de 1970
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.