Micelio

Artículo 9

Son Funciones De La Sección De Etnografía, Lingüística Aborigen Y Folclor: A) Colaborar Con La Dirección Del Instituto En La Planeación De Las Investigaciones Que Deban Adelantarse Para Lograr Una Documentación Técnica Sobre Las Formas De Vida Y La Cultura General De Los Grupos Indígenas De Colombia, Y Realizar Los Planes Adoptados; B) Elaborar Un Mapa Detallado Sobre La Ubicación Exacta De Los Grupos De Nativos, Y Un Censo Aproximado De Los Mismos; C) Recoger Todos Aquellos Objetos Etnográficos Usados Por Las Tribus Indígenas Con El Fin De Conservarlos En Las Colecciones Del Instituto, Y De Exhibirlos En El Museo Cuando Se Juzgue Oportuno

Decreto 812 de 1961 · Por el cual se reorganiza el Instituto Colombiano de Antropología, y se determinan sus funciones

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Son funciones de la Sección de Etnografía, Lingüística Aborigen y Folclor

a)

Colaborar con la Dirección del Instituto en la planeación de las investigaciones que deban adelantarse para lograr una documentación técnica sobre las formas de vida y la cultura general de los grupos indígenas de Colombia, y realizar los planes adoptados;

b)

Elaborar un mapa detallado sobre la ubicación exacta de los grupos de nativos, y un censo aproximado de los mismos; c) recoger todos aquellos objetos etnográficos usados por las tribus indígenas con el fin de conservarlos en las colecciones del instituto, y de exhibirlos en el museo cuando se juzgue oportuno. d) Preparar trabajos monográficos y comparativos sobre los rasgos etnográficos de cada una de las tribus que viven en el territorio nacional, con destino a las publicaciones especializadas del instituto; e) colaborar con la escuela de antropología en la enseñanza técnica y a nivel universitario de la etnografía f) prestar asesorías en las entidades encargadas de la protección y asistencia de la población indígena del país, g) recoger entre las tribus indígenas que actualmente pueblan el territorio nacional, tanto en las zonas de los departamentos, como de las intendencias y comisarias, vocabularios, frases et; y demás elementos lingüísticos vernáculos con el objeto de definir su estructura y su vinculación con otras lenguas aborígenes de américa, h) recoger de manera metódica; la toponimia zoonimja fitonimia y demás huellas de las lenguas de Colombia, con el objeto de facilitar su estudio e interpretación; i) revisar las crónicas, diarios de cuajé, informes, etc.; tanto de las fuentes bibliográficas como en la de los archivos; con miras a indagar acerca de noticias de carácter lingüístico; k) Adelantar estudios independientemente y en colaboración con otras instituciones, sobre las lenguas indígenas desaparecidas de Colombia; l) Colaborar en las publicaciones especializadas, del Instituto m) Asesorar a la Dirección del Instituto en la elaboración de un plan para el levantamiento de encuestas sobre los diversos aspectos del folclor nacional; n) Incrementar las colecciones y los archivos de folclor del Instituto, mediante la adquisición de objetos, folclóricos, material fotográfico, cinematográfico, magnetofónico, etc.; o) Colaborar con la Sección de Museología en la clasificación y exposición pública de las colecciones folclóricas p) preparar encuestas destinadas a la recolección de datos sobre los diferentes aspectos del folclor nacional q) Elaborar el resultado de los trabajos de terreno para ser publicados en la Revista Colombiana dé Folclor. V- De la Sección de Antropología Física

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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