Micelio

Artículo 13

Duración Del Servicio Militar Obligatorio

Ley 1861 de 2017 · por la cual se reglamenta el servicio de reclutamiento, control de reservas y la movilización.

1 sentencia lo revisó1 inexequibilidad
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El servicio militar obligatorio tendrá una duración de dieciocho (18) meses y com­prenderá las siguientes etapas:

a)

Formación militar, policial o penitenciaria y carcelaria básica.

b)

Formación laboral productiva.

c)

Aplicación práctica y experiencia de la formación militar, poli­cial o penitenciaria y carcelaria básica.

d)

Descansos.

Parágrafo 1

. El servicio militar obligatorio para bachilleres man­tendrá el período de doce (12) meses.

Parágrafo 2

El conscripto accederá a la formación laboral pro­ductiva que será proporcionada por el Servicio Nacional de Aprendi­zaje (SENA), previo cumplimiento de requisitos exigidos por esta insti­tución educativa.

Parágrafo 3

. El Ministerio de Defensa Nacional podrá celebrar convenios con Entidades Territoriales certificadas en Educación, Es­tablecimientos Educativos Privados e Instituciones de Educación Superior, para ofrecer a los conscriptos que no hayan terminado su educación básica o media obtener su título de. bachiller durante la prestación del servicio militar obligatorio, o adelantar estudios tecno­lógicos, técnicos o profesionales, mediante el otorgamiento de cupos especiales en los programas académicos ofrecidos por estas entidades, previo cumplimiento de los requisitos académicos establecidos por los respectivos establecimientos educativos.

Parágrafo 4

El conscripto obligado a prestar servicio militar por doce (12) meses podrá solicitar el cambio a los contingentes incorpo­rados por un término de servicio militar de dieciocho (18) meses, ob­teniendo los mismos beneficios. Los ciudadanos incorporados para la prestación del servicio militar a dieciocho (18) meses podrán solicitar el cambio a los contingentes incorporados para un término de servicio militar de doce (12) meses, si durante este término obtienen el título de bachiller.

Parágrafo 5

El conscripto que terminando su servicio militar quie­ra de manera voluntaria continuar en alguna de las Fuerzas, podrá hacerlo hasta por 12 meses más, percibiendo los mismos beneficios, derechos, obligaciones y deberes que la ley establece. En un término de seis (6) meses contados a partir de la vigencia de la presente ley, el Ministerio de Defensa reglamentará lo pertinente para establecer los requisitos necesarios para dar aplicación a este parágrafo

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2020
    C-084/20ConstitucionalidadINEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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