Micelio

Artículo 6

Decreto 1485 de 1942 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre conflictos de trabajo en las empresas de transporte fluvial y demás de servicios públicos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo sexto. No será materia del arbitramento a que se refiere este Decreto el libre nombramiento del personal que corresponde a las empresas conforme a la Constitución y a las leyes vigentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1485 de 1942