º. Corresponde al Fondo de Reconstrucción "Resurgir" asumir los costos que impliquen el otorgamiento de condiciones especiales de créditos o de garantías, o las condonaciones, en favor de quienes hayan sido damnificados por el fenómeno arriba aludido. El Fondo de Reconstrucción "Resurgir" podrá otorgar directamente garantías a los damnificados, y créditos a los productores para pagar primas de seguros contra los riesgos derivados de la actividad volcánica del Nevado del Ruiz.
Decreto 3857 de 1985 →Vigente
Artículo 3
Corresponde Al Fondo De Reconstrucción "resurgir" Asumir Los Costos Que Impliquen El Otorgamiento De Condiciones Especiales De Créditos O De Garantías, O Las Condonaciones, En Favor De Quienes Hayan Sido Damnificados Por El Fenómeno Arriba Aludido
Decreto 3857 de 1985 · Por el cual se dictan unas disposiciones sobre funciones del fondo de reconstrucción Resurgir"" y sobre asuntos presupuestales"
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.